REGLAMENTO OFICIAL
Reglamento Oficial 2027
Primera Edición 2027 · Asociación Proyecto Habla para la Prevención del Acoso y la Violencia
Reglamento completo del Festival, en vigor para la Primera Edición 2027.
1. PRESENTACIÓN DEL FESTIVAL
Artículo 1.1 – El Festival
El NO FUTURE Film Festival es un festival internacional itinerante dedicado al cortometraje, organizado por la Asociación Proyecto Habla para la Prevención del Acoso y la Violencia.
El Festival nace con el objetivo de promover el cine independiente como herramienta de expresión artística, reflexión social y diálogo entre culturas, ofreciendo visibilidad a obras de todo el mundo y favoreciendo el encuentro entre autores, profesionales del sector y público.
El Festival se desarrolla a lo largo del mismo año a través de cuatro sedes europeas, cada una con su propia identidad y un programa autónomo de proyecciones, encuentros, actividades culturales y ceremonias de premiación.
Artículo 1.2 – Finalidad social y destino del beneficio neto
El Festival persigue, como finalidad social primordial, el apoyo concreto a la Fundación Andrés Olivares (Málaga, España), organización dedicada a mejorar la calidad de vida de los niños afectados por enfermedades oncológicas y de sus familias.
La totalidad del beneficio neto generado por cada edición del Festival — calculado deduciendo de los ingresos los gastos de gestión, organización y los honorarios profesionales necesarios para la realización del evento — se destina íntegramente a la Fundación, según las modalidades y términos establecidos en el acuerdo suscrito entre las partes.
Los patrocinadores, los socios institucionales y las partes interesadas pueden solicitar el balance económico completo al finalizar cada edición.
En las comunicaciones públicas y publicitarias del Festival, a petición de la Fundación, la denominación utilizada es simplemente «Fundación Olivares»; en los documentos oficiales y legales se utiliza la denominación completa «Fundación Andrés Olivares».
Artículo 1.3 – Misión educativa Proyecto Habla
El Festival promueve además la misión educativa de la Asociación Proyecto Habla, reconociendo el valor del cine como herramienta de prevención del acoso, la violencia y la exclusión social.
Artículo 1.4 – Idiomas oficiales
Los idiomas oficiales del Festival son español, italiano e inglés. El presente reglamento se redacta en español como idioma principal a efectos legales e interpretativos, en coherencia con el fuero competente y la ley aplicable (Art. 14.5); las versiones en italiano e inglés tienen valor de traducción oficial. En caso de discrepancia entre versiones, prevalece el texto en español.
2. ESTRUCTURA DEL FESTIVAL
Artículo 2.1 – Ediciones
La edición inaugural del NO FUTURE Film Festival se celebrará durante 2027 a través de cuatro eventos oficiales:
- Edición 1 – Las Palmas de Gran Canaria (España)
- Edición 2 – República de San Marino
- Edición 3 – Pontedera, Toscana (Italia)
- Edición 4 – Final – Málaga (España)
Las tres primeras ediciones constituyen semifinales independientes. La edición de Málaga representa la Final oficial del Festival. Cada sede otorga sus propios premios y constituye una manifestación autónoma desde el punto de vista artístico y organizativo.
Artículo 2.2 – Programa de cada sede
Cada edición se desarrolla, de forma indicativa, a lo largo de cuatro jornadas consecutivas. El programa podrá incluir:
- rueda de prensa de presentación
- ceremonia de apertura
- proyecciones oficiales
- encuentros con directores y profesionales
- masterclasses, talleres y mesas redondas
- actividades dedicadas a la industria audiovisual
- desarrollo del concurso NO FUTURE 72
- ceremonia final de premiación
La organización se reserva la facultad de modificar el programa por razones artísticas, organizativas o de fuerza mayor.
Artículo 2.3 – Secciones del Festival
El Festival comprende las siguientes secciones:
Concurso Internacional — Competición oficial abierta a cortometrajes de cualquier género cinematográfico y procedencia geográfica. Se admiten:
- ficción
- documental
- animación
- cine experimental
- obras híbridas
Todas las obras concursan en la misma competición oficial, independientemente del género cinematográfico.
El Festival privilegia obras que aborden con profundidad temas humanos, sociales y emocionales, en coherencia con la misión de la Asociación Proyecto Habla y de la Fundación Andrés Olivares. La coherencia con esta línea editorial es uno de los criterios de selección que tiene en cuenta la Dirección Artística (Artículo 4.1).
NO FUTURE 72 — Concurso dedicado a los cortometrajes realizados durante las 72 horas del Festival según el reglamento específico.
Eventos Especiales — La organización puede incluir en el programa:
- proyecciones fuera de concurso
- preestrenos
- retrospectivas
- homenajes
- encuentros con autores
- eventos especiales
- actividades formativas
Las obras incluidas en las secciones no competitivas no participan en los Premios Oficiales, salvo comunicación distinta de la organización.
3. INSCRIPCIONES
Artículo 3.1 – Modalidad de inscripción
La inscripción al Concurso Internacional se realiza exclusivamente a través de las plataformas oficialmente indicadas por la organización. Para la primera edición están previstas:
- Festhome (plataforma principal)
- FilmFreeway, según las modalidades y plazos comunicados anualmente
La inscripción al concurso NO FUTURE 72 se realiza en cambio exclusivamente a través del sitio web oficial del Festival (nofuturefilmfestival.com), según las modalidades indicadas en el reglamento específico (Art. 12.5).
No se aceptarán inscripciones por correo electrónico, servicios de transferencia de archivos u otras vías no autorizadas.
Artículo 3.2 – Requisitos de admisión
Pueden participar en el Festival las obras que cumplan todos los siguientes requisitos:
- duración máxima de 20 minutos, títulos de crédito iniciales y finales incluidos
- finalización de la obra a partir del 1 de enero de 2022
- cualquier nacionalidad del productor o del autor
- cualquier idioma original
- subtítulos en el idioma de la sede de proyección cuando el idioma original sea distinto: italiano para las ediciones de San Marino y Pontedera, español para las ediciones de Las Palmas y Málaga
- se requiere además una versión subtitulada en inglés, para uso del Jurado Internacional y de la plataforma de inscripción, con independencia del idioma de proyección pública
No se exige ningún requisito de estreno (première), ni límite alguno en el número de festivales internacionales en los que la obra haya sido ya premiada.
La participación está abierta tanto a profesionales como a autores emergentes, escuelas de cine, asociaciones, productoras y productores independientes.
Artículo 3.3 – Cuotas de inscripción
Las cuotas de inscripción son las publicadas en las plataformas oficiales de inscripción elegidas por el Festival (actualmente Festhome y FilmFreeway) y pueden variar en función del período de inscripción, la duración de la obra y la plataforma utilizada.
Las cuotas abonadas no son reembolsables en ningún caso.
Artículo 3.4 – Responsabilidad de la inscripción
El autor o la persona que realiza la inscripción declara estar legitimado para representar a todos los titulares de los derechos de la obra. Con la inscripción, el participante garantiza que:
- todas las autorizaciones necesarias han sido regularmente obtenidas
- la música, imágenes, marcas, interpretaciones y materiales utilizados cumplen la normativa vigente
- la obra no vulnera derechos de terceros
La organización declina toda responsabilidad derivada de declaraciones inexactas o de eventuales controversias entre los derechohabientes.
4. SELECCIÓN OFICIAL
Artículo 4.1 – Proceso de selección
Todas las obras inscritas en el Festival son visionadas íntegramente por el equipo de programación. La selección se realiza exclusivamente en base al valor artístico, narrativo y técnico de la obra, su coherencia con la línea editorial del Festival y la calidad global de la propuesta cinematográfica.
La decisión de seleccionar o no una obra es competencia exclusiva de la Dirección Artística y no está sujeta a motivación ni a recurso.
Artículo 4.2 – Comunicación de la selección
Los autores de las obras seleccionadas serán informados por correo electrónico y a través de las plataformas oficiales de inscripción. El listado de películas seleccionadas permanecerá confidencial hasta la comunicación oficial del Festival. Los autores se comprometen a no hacer pública la selección antes del anuncio oficial por parte de la organización.
Artículo 4.3 – Confirmación de la participación
El autor o productor de la obra seleccionada deberá confirmar su participación dentro del plazo indicado por la organización. La falta de respuesta dentro del plazo establecido podrá considerarse como renuncia. Una vez confirmada la participación, la obra no podrá ser retirada del programa oficial salvo autorización escrita de la Dirección del Festival.
Artículo 4.4 – Material para la proyección
Las obras seleccionadas deberán proporcionar, dentro de los plazos establecidos, el material técnico requerido para la proyección. Si los materiales presentes en la plataforma de inscripción resultan insuficientes o no conformes con los estándares técnicos del Festival, la organización podrá solicitar:
- archivo de vídeo de alta calidad
- DCP
- archivo de subtítulos
- póster
- fotografías
- tráiler
- biografía del director
- press kit
- materiales promocionales adicionales
La falta de entrega del material dentro de los plazos indicados podrá conllevar la exclusión de la obra de la programación.
Artículo 4.5 – Requisitos técnicos
El Festival se reserva el derecho de verificar la calidad técnica de las obras seleccionadas. Si el material recibido presenta defectos que comprometan la correcta proyección pública, la organización podrá solicitar una nueva copia. Si el problema no se resuelve dentro del plazo indicado, el Festival podrá renunciar a la proyección de la obra.
Artículo 4.6 – Certificado y Laurel Oficial
Todas las obras seleccionadas reciben el Certificado de Selección Oficial y el Laurel Oficial del NO FUTURE Film Festival. Los cineastas podrán utilizar dichos reconocimientos exclusivamente para promocionar la participación de la obra en el Festival.
5. JURADO
Artículo 5.1 – Composición
Cada edición del Festival designa un Jurado Internacional compuesto por profesionales del sector cinematográfico y audiovisual, entre ellos, a título enunciativo: directores, guionistas, directores de fotografía, productores, actores, distribuidores, críticos de cine, programadores de festivales, profesionales de la cultura y la comunicación. La composición del Jurado podrá variar de una sede a otra.
Artículo 5.2 – Independencia
El Jurado actúa con total autonomía. Los jurados valoran las obras según criterios artísticos, técnicos y narrativos, sin ninguna interferencia por parte de la organización. El Director Artístico puede asistir a las reuniones del Jurado sin derecho a voto.
Artículo 5.3 – Decisiones
Las deliberaciones del Jurado son definitivas e inapelables. El Jurado puede decidir otorgar un premio, otorgarlo ex aequo, o no otorgarlo si considera que ninguna obra alcanza el nivel de calidad requerido. Los motivos de los premios podrán hacerse públicos a discreción del Jurado o de la organización.
6. PREMIOS OFICIALES
Artículo 6.1 – Premios del Jurado
En cada edición del Festival se otorgan los siguientes premios oficiales:
- Best Short Film
- Best Screenplay
- Best Cinematography
- Best Actor
- Best Actress
- Honorable Mention
La eventual dotación económica asociada a cada premio — así como la del premio Best NO FUTURE 72 (Art. 12) — es la publicada anualmente en las plataformas oficiales de inscripción elegidas por el Festival, y puede variar de una edición a otra.
Artículo 6.2 – Best Short Film
El premio Best Short Film representa el máximo reconocimiento artístico otorgado por el Festival.
Las tres primeras sedes (Las Palmas, San Marino, Pontedera) son semifinales independientes: cada una proclama su propio ganador del Best Short Film.
La edición de Málaga constituye la Final oficial del Festival y realiza su propia selección oficial según las modalidades habituales de inscripción. A esta selección se suman además, de pleno derecho y de forma gratuita — sin necesidad de nueva inscripción ni pago de cuota — las tres obras ganadoras del Best Short Film de las semifinales, que concursan junto con las obras seleccionadas en Málaga para la adjudicación del Best Short Film – Final.
El acceso de pleno derecho se refiere exclusivamente a la participación en el concurso: los eventuales gastos de viaje u hospitalidad para los autores siguen regulados por el Programa de Hospitalidad (Artículo 9.5), cuando sea aplicable.
Artículo 6.3 – Honorable Mention
La Honorable Mention representa un reconocimiento especial otorgado por el Jurado a una obra que destaque por especiales méritos artísticos, narrativos o técnicos. El reconocimiento incluye el diploma oficial y el Laurel correspondiente. No conlleva premio económico.
Artículo 6.4 – Uso de los Laurel
Las obras premiadas pueden utilizar exclusivamente los Laurel oficiales proporcionados por el Festival. Queda prohibida la modificación gráfica de los Laurel o la creación de versiones no autorizadas.
Artículo 6.5 – Recogida del Premio
La ceremonia de premiación se concibe como un momento de encuentro real entre el Festival, los autores y el público. El Festival requiere, por tanto, que cada obra ganadora esté representada en la ceremonia mediante una de las siguientes formas:
- la presencia física de un representante de la obra (director, productor, o actor o actriz protagonista); o
- si la presencia física no es posible, un videomensaje del director u otro representante de la obra, preparado con antelación y proyectado durante la ceremonia.
Si una obra ganadora no está representada en ninguna de las dos formas indicadas, y salvo casos comprobados de fuerza mayor comunicados previamente a la organización, el Festival se reserva el derecho de reasignar el premio a otra obra en concurso, según el criterio del Jurado.
El Festival no está obligado a enviar el trofeo no recogido; un eventual envío, si se concede, corre en todo caso a cargo del destinatario.
7. RECONOCIMIENTOS INSTITUCIONALES
Artículo 7.1 – Naturaleza de los reconocimientos
Los Reconocimientos Institucionales son otorgados de forma autónoma por las entidades socias del Festival. Son independientes de los Premios Oficiales del Jurado y representan el reconocimiento de los valores sociales, educativos y humanitarios promovidos por las respectivas organizaciones. Los Reconocimientos Institucionales pueden otorgarse también a obras ya premiadas por el Jurado Internacional, o no otorgarse.
Artículo 7.2 – Premio Proyecto Habla
El Premio Proyecto Habla es otorgado por la Asociación Proyecto Habla para la Prevención del Acoso y la Violencia a una obra que aborde con especial sensibilidad temas como:
- acoso escolar
- acoso en el deporte
- ciberacoso
- inclusión
- respeto
- educación
- crecimiento personal
- prevención de la violencia
- protección de los menores
El Premio Proyecto Habla es otorgado de forma autónoma por los representantes de la Asociación. El reconocimiento puede incluir: diploma oficial, Laurel correspondiente, propuesta de colaboración con el Programa Educativo Proyecto Habla, sujeta a la firma de un acuerdo específico con los titulares de los derechos de la obra. La concesión del premio no implica ninguna cesión automática de los derechos de uso de la obra.
Artículo 7.3 – Premio Fundación Andrés Olivares
El Premio Fundación Andrés Olivares es otorgado de forma autónoma por la Fundación Andrés Olivares a una obra que aborde con especial sensibilidad temas coherentes con la misión de la Fundación, como la enfermedad, el cáncer infantil, la esperanza, la resiliencia, el apoyo a las familias y la dignidad de la persona. La naturaleza del reconocimiento, las modalidades de concesión y los eventuales beneficios asociados son establecidos directamente por la Fundación Andrés Olivares. El Premio puede no ser otorgado. En las comunicaciones públicas y publicitarias, a petición de la Fundación, el reconocimiento se indica simplemente como «Premio Fundación Olivares».
8. DERECHOS Y RESPONSABILIDADES
Artículo 8.1 – Titularidad de los derechos
El autor o la persona que inscribe la obra garantiza ser el legítimo titular de los derechos necesarios para participar en el Festival, o haber sido expresamente autorizado por los respectivos derechohabientes. La inscripción implica la plena asunción de responsabilidad del participante respecto a la legitimidad del uso de imágenes, música, interpretaciones, marcas, logotipos, obras protegidas, materiales de archivo y cualquier otro contenido incluido en la obra. La organización declina toda responsabilidad derivada de eventuales controversias relativas a derechos de autor u otros derechos de propiedad intelectual.
Artículo 8.2 – Autorización de proyección
Con la inscripción en el Festival, el autor autoriza exclusivamente:
- la proyección de la obra durante los eventos oficiales del NO FUTURE Film Festival
- eventuales reposiciones dentro de la misma edición del Festival
- la proyección durante la ceremonia de premiación, cuando sea necesaria
Dicha autorización se limita a las actividades directamente vinculadas al Festival. Ningún otro uso de la obra está autorizado sin el consentimiento expreso de los titulares de los derechos.
Artículo 8.3 – Uso de materiales promocionales
El autor autoriza al Festival a utilizar exclusivamente con fines promocionales: el título de la obra, el nombre de los autores, la sinopsis, el póster oficial, fotografías de rodaje, imágenes de backstage, tráiler, teaser, fotogramas de la obra, breves extractos de vídeo.
Los extractos audiovisuales utilizados con fines promocionales no podrán superar una duración máxima de 30 segundos, salvo autorización escrita distinta por parte de los derechohabientes.
Los materiales podrán utilizarse a través de: sitio web oficial, redes sociales, comunicados de prensa, catálogo del Festival, ruedas de prensa, material promocional impreso y digital, medios asociados del Festival.
Artículo 8.4 – Archivo histórico del Festival
Una copia de la obra seleccionada podrá conservarse en el archivo histórico del NO FUTURE Film Festival exclusivamente con fines documentales y de conservación. El archivo no autoriza ninguna proyección pública adicional ni ninguna forma de distribución. Cualquier otro uso requerirá autorización escrita de los titulares de los derechos.
Artículo 8.5 – Usos posteriores
Si el Festival pretende proponer la obra para actividades adicionales a la manifestación oficial, se solicitará un consentimiento específico mediante acuerdo separado. La falta de consentimiento no perjudica en modo alguno la participación de la obra en el Festival.
9. PROGRAMAS DE DIFUSIÓN
Artículo 9.1 – Finalidad
El NO FUTURE Film Festival promueve la difusión del cine independiente también más allá de las jornadas oficiales de la manifestación. Con este fin, el Festival puede desarrollar programas culturales, educativos e institucionales destinados a poner en valor las obras seleccionadas. La participación en dichos programas es siempre voluntaria y requiere un acuerdo específico con los titulares de los derechos.
Artículo 9.2 – Programa Educativo Proyecto Habla
Las obras que aborden temáticas coherentes con la misión de la Asociación Proyecto Habla podrán ser invitadas a participar en el Programa Educativo Proyecto Habla, que promueve actividades de sensibilización dirigidas a escuelas, institutos, universidades, asociaciones, entidades deportivas, organismos públicos e iniciativas formativas. El eventual uso de la obra dentro del Programa Educativo se regulará exclusivamente mediante un acuerdo separado suscrito con los titulares de los derechos. La participación en el Festival no implica ninguna autorización automática para el uso de la obra en el marco del Programa Educativo.
Artículo 9.3 – Festival Showcase Program
El Festival podrá promover la difusión de las obras seleccionadas mediante iniciativas culturales organizadas en colaboración con terceros, a título enunciativo: cadenas de televisión, plataformas audiovisuales, festivales asociados, universidades, instituciones culturales, museos, filmotecas, salas de cine, medios asociados. Cualquier uso se acordará previamente con los titulares de los derechos. El Festival no asume ninguna obligación de distribución de las obras.
Artículo 9.4 – Colaboraciones con broadcasters y medios asociados
El Festival podrá suscribir acuerdos de colaboración con cadenas de televisión, plataformas digitales y otros operadores del sector audiovisual con el fin de poner en valor las obras seleccionadas. La participación de las obras en dichas iniciativas estará siempre sujeta a la autorización previa de los respectivos titulares de los derechos.
Artículo 9.5 – Hospitality Program
Con el fin de favorecer la participación de los cineastas en las actividades del Festival, la organización podrá disponer programas de hospitalidad específicos, que podrán incluir, a título enunciativo: convenios hoteleros, servicios de traslado, acreditaciones para acompañantes, eventos de networking, visitas culturales, actividades reservadas a los invitados del Festival. Las condiciones económicas, las modalidades de adhesión y los eventuales servicios incluidos serán comunicados anualmente por la organización. La adhesión a los programas de hospitalidad es voluntaria e independiente de la selección de la obra.
10. MATERIALES TÉCNICOS
Artículo 10.1 – Copias de proyección
Las obras seleccionadas deberán entregarse en el formato técnico requerido por el Festival dentro de la fecha indicada por la organización. Los formatos aceptados se comunicarán anualmente. El Festival se reserva la facultad de actualizar los estándares técnicos en función de las necesidades de proyección.
Artículo 10.2 – Control de calidad
Antes de la proyección pública, el Festival podrá realizar comprobaciones técnicas sobre las obras seleccionadas. Si se detectan problemas que comprometan la calidad de la proyección, la organización podrá solicitar una nueva copia. En ausencia de una versión técnicamente adecuada, el Festival podrá renunciar a la proyección de la obra sin que ello implique derecho alguno a reembolso o indemnización.
Artículo 10.3 – Materiales promocionales
El Festival podrá solicitar materiales adicionales a los presentes en las plataformas de inscripción cuando sean necesarios por razones editoriales, promocionales o de comunicación.
11. CÓDIGO ÉTICO DEL FESTIVAL
Artículo 11.1 – Principios
El NO FUTURE Film Festival promueve el respeto a la dignidad de la persona, la libertad de expresión, la diversidad cultural y el diálogo entre los pueblos. El Festival reconoce el cine como herramienta de reflexión, crecimiento personal y transformación social.
Artículo 11.2 – Contenido de las obras
El Festival acoge obras que aborden cualquier tema, lenguaje o género cinematográfico. La selección de las obras se realiza exclusivamente en base a su valor artístico y cultural. La presencia de temas controvertidos o sensibles no constituye motivo de exclusión.
Artículo 11.3 – Causas de exclusión
La organización se reserva el derecho de rechazar o excluir obras que:
- vulneren la normativa vigente
- promuevan el odio racial, étnico o religioso
- inciten a la violencia contra personas o grupos
- constituyan propaganda terrorista
- vulneren gravemente los derechos humanos
- contengan materiales obtenidos en violación de la ley
La eventual exclusión será valorada exclusivamente por la Dirección del Festival.
12. NO FUTURE 72
Artículo 12.1 – Finalidad
El NO FUTURE 72 es el concurso de producción cinematográfica rápida organizado en el marco de cada sede del Festival. El objetivo es promover la creatividad, la colaboración entre profesionales y la realización de obras originales en un tiempo limitado.
Artículo 12.2 – Duración
El concurso se desarrolla a lo largo de 72 horas consecutivas. El inicio oficial coincide con la comunicación del tema y de los eventuales elementos obligatorios establecidos por la organización.
Artículo 12.3 – Participación
La participación es gratuita. Pueden participar autores individuales o equipos de trabajo. La organización podrá solicitar el registro previo de los participantes.
Artículo 12.4 – Crew Network
El Festival promueve una red permanente de profesionales denominada Crew Network, de registro gratuito, que facilita el encuentro entre directores, guionistas, directores de fotografía, operadores de cámara, técnicos de sonido, montadores, coloristas, compositores, actores, actrices y otros profesionales del sector audiovisual. El registro en la Crew Network no constituye relación laboral con el Festival.
Artículo 12.5 – Reglamento específico
Las modalidades operativas del NO FUTURE 72 — incluyendo la duración máxima de la obra, la dotación económica del premio Best NO FUTURE 72 y los detalles de la Crew Network — se regulan mediante un reglamento específico, publicado anualmente en el sitio web oficial del Festival.
13. PRIVACIDAD
Artículo 13.1 – Tratamiento de datos personales
Los datos personales recogidos durante los procedimientos de inscripción serán tratados exclusivamente para fines relacionados con la organización del Festival. El tratamiento se realizará conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y a la normativa vigente. Los datos no serán cedidos a terceros con fines comerciales sin el consentimiento del interesado.
14. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 14.1 – Aceptación del reglamento
La inscripción en el Festival implica la aceptación íntegra del presente reglamento.
Artículo 14.2 – Modificaciones
La organización se reserva el derecho de modificar el presente reglamento cuando razones organizativas, técnicas, normativas o de fuerza mayor lo hagan necesario. Las modificaciones se publicarán a través de los canales oficiales del Festival.
Artículo 14.3 – Fuerza mayor
Si eventos imprevisibles, catástrofes naturales, emergencias sanitarias, disposiciones de las autoridades competentes u otras causas ajenas a la voluntad de la organización impiden el normal desarrollo del Festival, la Dirección podrá modificar el programa, aplazar o cancelar una o varias actividades sin que ello implique obligación de indemnización alguna frente a los participantes.
Artículo 14.4 – Interpretación del reglamento
Para cualquier cuestión no expresamente regulada por el presente reglamento, decide de forma inapelable la Dirección del Festival.
Artículo 14.5 – Controversias
El presente reglamento se rige por la legislación española. Para cualquier controversia será competente el Juzgado de Las Palmas de Gran Canaria, salvo disposición legal imperativa distinta.
Artículo 14.6 – Contacto
NO FUTURE FILM FESTIVAL
Sitio web: www.nofuturefilmfestival.com
Correo general: info@nofuturefilmfestival.com
Correo de inscripciones: submissions@nofuturefilmfestival.com
Prensa: press@nofuturefilmfestival.com
Patrocinio y colaboraciones: sponsor@nofuturefilmfestival.com
Reglamento Oficial completo
Documento oficial · 12 páginas · Primera Edición 2027 · Disponible en español, italiano e inglés
